Todo lo que necesitas saber sobre «El Alquiler»
¿Qué es el alquiler de vivienda?
Este Régimen crea incentivos para formalizar y difundir el alquiler de viviendas en el Perú; creando la base para promover modalidades como el alquiler venta y el leasing inmobiliario destinados a satisfacer, a través del alquiler, la necesidad de vivienda de las familias que hoy tienen dificultades para acceder a créditos hipotecarios.
Por ello, para tu beneficio se ha creado el Registro de Alquiler de Vivienda (RAV).
¿Qué tipos de alquileres se promueven?
Se promueven 3 tipos de alquiler de inmuebles destinados a vivienda:
- Alquiler: Es el alquiler de vivienda registrado en el RAV, con lo que arrendatario y arrendador se benefician mutuamente de la seguridad jurídica y de los incentivos para el cumplimiento de lo pactado.
- Alquiler – Venta: Es un producto de corto plazo, donde las partes pactan que el arrendatario podrá hacer uso de una opción de compra del inmueble arrendado al término del plazo contractual y al valor previamente pactado en el contrato.
- Leasing: Es un producto a largo plazo que se realiza mediante una Entidad Financiera que asume la propiedad del inmueble y lo arrienda a una persona, este último luego de un plazo determinado tiene la opción de adquirir el inmueble pagando un mínimo.
¿Qué es el RAV?
Es una gran base de datos a la que accederán los Notarios Públicos autorizados través de la web para registrar información relevante de los contratos de alquiler. El RAV es administrado por el Fondo Mivivienda quien brindará la plataforma informática para su funcionamiento.
En estos momentos Mivivienda se encuentra en etapa de implementación y capacitación con las notarías para el correcto uso de la plataforma creada para este fin.
ARRENDADOR
¿Qué beneficios tengo si registro mi contrato de alquiler en el RAV?
Los principales beneficios para el arrendador son los siguientes:
- Contratos estandarizados que establecen la seguridad jurídica de los procesos de alquiler de inmuebles.
- Acceso a información pública, que permite informarse sobre las conductas de los potenciales arrendatarios.
- Proceso Único de Ejecución de Desalojo más rápido y seguro.
- Beneficios tributarios a fin de fomentar el alquiler.
Ten presente que si tu contrato no está inscrito en el RAV no puedes invocar los beneficios del régimen creado por el D.L. 1177.
¿Debo pagar impuestos?
La formalización del alquiler de viviendas que es impulsada por el RAV, obligará al pago de impuesto a la renta como cualquier contribuyente. No obstante, si comparamos los beneficios derivados de este modelo como son la estabilidad jurídica y seguridad de un rápido desalojo en caso de incumplimiento de parte del arrendatario, sobrepasan con creces esta carga impositiva.
¿Cómo registro mi contrato en el RAV?
- Establecer por mutuo acuerdo entre arrendatario y arrendador las condiciones del contrato (plazo, monto, moneda, periodicidad del pago, entre otros) y su registro en el RAV.
- Identificar las Notarías que tengan convenio firmado con el Fondo Mivivienda donde podrán solicitar atención. Estas se encuentran publicadas en el portal web del FMV.
- La Notaría, previa verificación de la identidad de las personas (RENIEC) y de la propiedad de la vivienda a ser alquilada (SUNARP), registrará en el RAV el FUA (Contrato de Alquiler), que contiene los datos de los contratantes, del inmueble, de la Notaría y las condiciones pactadas, cobrando para ello el monto que dicha instancia establezca.
- La Notaría entregará copia del contrato de alquiler (FUA) y una constancia del registro a los contratantes.
ARRENDATARIO
¿Qué beneficios tengo si registro mi contrato de alquiler en el RAV?
Los principales beneficios para el arrendatario son los siguientes:
- Disponer de seguridad jurídica sobre las condiciones de plazo, precio, garantía entre otros en el alquiler de un inmueble pactadas en el contrato, las cuales solo podrían modificarse por mutuo acuerdo.
- Tener la certeza que la propiedad del inmueble es de la persona con quien firmas el contrato de alquiler
- Generar un registro de pagos de sus cuotas de alquiler, con lo que podrás acreditar tu conducta ante el Sistema Financiero para demostrar tu capacidad de pago y calificar posteriormente a un crédito.
Ten presente que si tu contrato no está inscrito en el RAV no puedes invocar los beneficios del régimen creado por el D.L. 1177.
¿Cómo registro mi contrato en el RAV?
- Establecer por mutuo acuerdo entre arrendatario y arrendador las condiciones del contrato (plazo, monto, moneda, periodicidad del pago, entre otros) y su registro en el RAV.
- Identificar las Notarías que tengan convenio firmado con el Fondo Mivivienda donde podrán solicitar atención. Estas se encuentran publicadas en el portal web del FMV.
- La Notaría, previa verificación de la identidad de las personas (RENIEC) y de la propiedad de la vivienda a ser alquilada (SUNARP), registrará en el RAV el FUA (Contrato de Alquiler), que contiene los datos de los contratantes, del inmueble, de la Notaría y las condiciones pactadas, cobrando para ello el monto que dicha instancia establezca.
- La Notaría entregará copia del contrato de alquiler (FUA) y una constancia del registro a los contratantes.
- En este momento, el Fondo Mivivienda viene acreditando a las Notarías con las que iniciaremos el proceso de registro de contratos de alquiler. Por ello, para esta primera etapa debes realizar lo siguiente:
Si actualmente eres arrendador o arrendatario y deseas inscribir tu contrato en el RAV, tienes que coordinar con tu arrendatario o arrendador respectivamente para ratificar o modificar las condiciones del alquiler y acordar efectuar el registro; luego puedes comunicarte a través del 0800 12200 o acercarse a la Vitrina Inmobiliaria del Fondo Mivivienda en el Jirón Camaná N° 199, Cercado de Lima, manifestando tu interés, a fin que un asesor te oriente.
Luego el personal del Fondo Mivivienda se comunicará contigo para indicarte a qué notarías podrás dirigirte para realizar tu registro.
- Del mismo modo, dentro de poco tiempo los bancos deben estar listos para aplicar este producto.
Fuente: Mi Vivienda. (2018). Alquiler de vivienda. Recuperado de: https://www.mivivienda.com.pe/PORTALWEB/usuario-busca-viviendas/pagina.aspx?idpage=423
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